¿Qué hacer?
1. Lee y analiza el caso en el que se describe una situación particular.
2. Identifica por lo menos 3 artículos o garantías que han sido trasgredidos. Puedes revisar la Constitución de 1917 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
Articulo o garantía |
Explicación | |
Artículo 1º. |
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. |
Las autoridades educativas diera a los derechos del menor al haberlos expulsado porque les están negando su derecho a la educación y viola sus derechos humanos al hacer pública su condición de salud entre la comunidad escolar, esto propiciara una discriminación y estigmatizar tanto a los padres como los menores por su condición de salud |
Artículo 3º. |
Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. |
Al expulsarlos se les niega el derecho a la educación por su salud por lo tanto se está violando el derecho a tener educación. Al hacer esto están fomentando la ignorancia sin cumplir el principio de que toda persona tiene derecho a la dignidad, la integración familiar y el derecho de igualdad de todos |
Artículo 4º. |
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. |
La escuela al negar la educación a los menores y exhibirlas ante la comunidad escolar y la sociedad a causa de su salud dejaron de velar y de garantizar sus derechos, por lo tanto impiden la satisfacción de sus necesidades educativas y de salud, cuando expusieron a los menores atentaron contra su bienestar emocional y psicológico |
Artículo 6º y artículo 16º. |
La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. |
Cuando ellos hicieron público el estado de salud de los menores infectados con VIH violan en sus derechos de privacidad y la protección de sus datos personales, no sólo del menor sino de toda la familia |
4. Con la información que tienes en la tabla, plantea un argumento con el que defiendas a los afectados en el caso.
Mi conclusión.
Leyendo a profundidad el caso que se nos dio estudiar se pueden ver diversas violaciones a la Constitución Mexicana, podemos empezar por la violación a los derechos de los niños, la violación al derecho a la educación, el abuso de confianza por parte de los maestros al saber de actos de la salud de los menores y darlos a conocer violando el derecho de privacidad y la protección de datos de un menor.
Es de considerarse que en la actualidad México aún se encuentra en total ignorancia sobre este tipo de enfermedades y los riesgos que conlleva, por esta razón es por demás decir que esto no puede ser un caso sólo escrito en papel sino que sin lugar a dudas ha sucedido en la vida real.
Para empezar los menores tienen derecho a la educación por ende el negarles este privilegio no sólo está violando el artículo 3º. Sino también el artículo 1º. Donde manifiesta que todo individuo tiene derecho a ser respetado como tal.
En el artículo 3º. Nos muestra que toda persona tiene derecho a recibir una educación sin ningún tipo de restricción o estigma ya sea por discapacidad o por enfermedad.
En el artículo 4º. También estipula que toda persona debe ser respetada y se debe de procurar su salud esto quiere decir que no sólo se debe de proteger al menor en su salud física sino en su salud emocional, los menores al ser expulsados y estigmatizados por su situación de salud provocaron en ellos problemas a nivel emocional por ende se está violando también este derecho.
En el artículo 6º y artículo 16º. Estipula de manera clara y precisa que toda persona tiene derecho a que sus datos sean respetados y cia y no de lo desea no deben de ser del dominio público. La escuela al dar a conocer su estado de salud se pone de manifiesto la violación de derechos de privacidad.
En conclusión si bien es necesario que los maestros tuviesen conocimiento del estado de salud de los alumnos y que la comunidad escolar fuese orientada de manera específica sobre el manejo de este tipo de situaciones, no era necesario que se evidenciara la situación de los menores, hubiese sido mejor que se hicieran pláticas de concientización sobre los mitos y realidades de la convivencia con personas que padecen la enfermedad de VIH.
Bibliografía
Orden Jurídico. (s.f.). Recuperado el 19 de febrero de 2017, de http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/cn16.pdf